lunes, 8 de diciembre de 2008

Perros callejeros: ¿exterminio, o protección?


Los caninos que habitan en las calles de San Cristóbal son considerados una molestia por algunos ciudadanos, puesto que la mayoría de estos animales portan enfermedades, y su permanencia en las calles da un mal aspecto a la ciudad. Asimismo, se han presentado casos de canes que han agredido a transeúntes; por lo que los cuerpos de salud san cristobalenses han tomado medidas al respecto, que implican el exterminio de los llamados perros callejeros. Ante esto, cabe preguntarse: ¿éstas acciones no son formas de maltrato animal?, ¿qué leyes, en pro de la protección animal, se oponen a dichos procedimientos sanitarios?, ¿qué organismos se encargan de brindarle protección a estos animales?

Transeúntes de la ciudad opinan que hay que respetar el derecho a la vida inherente a todo ser vivo, por lo que éste no debería violarse alegando medidas sanitarias. Sostienen que existen otras soluciones al problema de los perros que viven en las calles; entre éstas, que sean trasladados a albergues donde puedan ser dados en adopción, con lo que se evitaría sacrificarlos. Sin embargo, están de acuerdo en que en el caso de perros que padezcan enfermedades que pongan en peligro la salud pública, tales como la rabia, debería considerarse la posibilidad del sacrificio.

Por el contrario, hay quienes opinan que estos animales callejeros no traen ningún beneficio. Además, alegan que no se puede esperar a que se construyan albergues eficaces, porque, seguramente, pasará mucho tiempo antes de que estos sean una realidad. Mientras tanto, los perros seguirán causando enfermedades, convirtiéndose en un peligro para los ciudadanos y contaminando las calles. De esta manera, se exponen las razones de por qué deberían ser sacrificados.

La presidenta de la Asociación Protectora de Animales (Asoproani), Edith Varela, explica que “todos los animalitos que poseen el collar rojo son protegidos por la asociación, y que están siendo tratados por médicos veterinarios, vacunados, esterilizados, y alimentados diariamente”. Asoproani pide a la colectividad que cese el maltrato del que son víctimas algunos perros. Se aclara, pues, que ningún canino con collar rojo puede ser eliminado por los entes sanitarios de la región. “En el mes de agosto –denuncian miembros de Asoproani- sorprendimos a Sanidad envenenando nuevamente los perros que cuidábamos en Táriba. Cuando los vimos, ellos acababan de salir y se dirigían a la plaza roja, justo donde duermen estos perros. Desafortunadamente, un perro estaba echado en una esquina, y, en nuestra cara, lo envenenaron; lo llamaron y le lanzaron la carne envenenada, que el perro, inmediatamente, comió”

Según la médico veterinario de Sanidad circuito número 9, Ana Torres, se respeta el acuerdo al que se llegó de no tomar medidas contra los perros que poseen el collar rojo, en tanto que están al cuidado de Asoprani. Pero sostienen que Sanidad “no puede permanecer de manos cruzadas frente a los que no lo poseen, ya que podrían portar enfermedades y resultar peligrosos para la población”, debido a que la mayoría se encuentra en lugares públicos, donde concurren, además de adultos, niños; “el solo ataque ya es algo peligroso para el niño, incluso si el animal no es portador de enfermedades”, indica Torres.

Para el médico veterinario Jorge Duran, “si bien el sacrificio de animales es amparado por la ley en determinadas condiciones, existen reglas y fundamentos para su práctica, donde figura la supresión de dolor que pueda infligírsele al animal”. Estas acciones, por lo tanto, sólo deben ser supervisadas o llevadas a cabo por expertos, ante lo cual, el veterinario no considera correctas las medidas que toma la Sanidad, porque “les dan comida envenenada y seguramente no existe un control exacto en la dosificación, lo que puede provocarle un sufrimiento prolongado al animal”.

Según el articulo 6 de la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 025, de Ordenanza sobre tenencia, control, registro y protección de animales, publicada en San Cristóbal el 20 de marzo de 2007, “la eutanasia, o sacrificio de un animal, consiste en provocar la muerte sin dolor. El sacrificio de un animal no destinado al consumo humano sólo podrá realizarse por un médico veterinario o por la autoridad sanitaria competente. El sacrificio de animales destinados al consumo humano se hará por métodos que no entrañen crueldad, sufrimiento o prolongación de la agonía. Deberá efectuarse en locales adecuados y,
específicamente, previstos para tal efecto”.

Asimismo, expone, en su artículo 32, que “las fundaciones o asociaciones de protección animal podrán intervenir en defensa de la integridad y bienestar de los animales, sea cual fuere el lugar donde dichos animales se encuentren”.

La Declaración Universal de los Derechos del Animal consagra, en sus artículos 1 y 2, que “todos los Animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia (…) el hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho a exterminar a los otros animales o de explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales”. De igual forma, expone en su artículo 11 que “todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio”, es decir, un crimen contra la vida.

Se está frente a una situación en la que se pueden justificar ambas posiciones, esto es, el pro y el contra del sacrifico de perros sin dueño en las calles de la ciudad de San Cristóbal, en tanto que se actúa bajo una ley que permite y regula el sacrificio de estos animales sólo, entiéndase bien, bajo ciertas condiciones sanitarias que ya fueron expuestas. De manera que se ha de buscar la práctica correcta y, en la medida de lo posible, justa, sin discriminación alguna entre la especie humana y la animal, en este caso la canina. La mejor alternativa es la prevención.

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